Por su comodidad, mayor ángulo de visión y seguridad mejorada, la mirilla electrónica se ha impuesto como la gran alternativa a los modelos tradicionales. Sin embargo, su instalación puede entrar en conflicto con normas y restricciones poco conocidas, como la prohibición de grabar imágenes sin el consentimiento de la junta de vecinos. Por ello, antes de comprar una mirilla digital ayr Santiago de Compostela, es recomendable informarse sobre la legislación al respecto.
A primera vista, el ‘ojo’ de una mirilla digital puede confundirse con cualquiera de los dispositivos ópticos que el físico Robert W. Wood patentó a comienzos del siglo veinte. Pero las prestaciones de una mirilla electrónica la convierten en un producto más avanzado y seguro: sensores de movimiento, pantallas táctiles, etcétera.
De todas sus características técnicas, el registro de imágenes en tiempo real es sin duda la más contenciosa desde un punto de vista legal. En primer lugar, la grabación debe estar justificada por razones de seguridad y, en caso de captar las zonas comunes de la urbanización de forma continua, ha de recibir la aprobación de la comunidad de vecinos.
Además de la finalidad y proporcionalidad de estas mirillas, es preciso cumplir con la Ley de Protección de Datos (LOPDGDD) si el dispositivo almacena las imágenes in cloud. De ser así, se regirá por las mismas normas que las cámaras de videovigilancia.
En esta situación, los propietarios evitarán que la cámara de sus mirillas grabe el interior de viviendas o la vía pública. Instalar un cartel informativo también entra dentro de sus obligaciones legales.
En cambio, las mirillas electrónicas sin esta función —registro y almacenamiento de imágenes en tiempo real— no enfrentan estos obstáculos legales y su instalación está sujeta a una normativa más laxa. Concretando más, estas mirillas se limitan a mostrar a la persona al otro lado cuando llama a la puerta o el usuario interactúa con ella desde el interior.